Ahorro

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Seguros de ahorro EPSV

Seguros EPSV de Berribide Correduría de Seguros

Las EPSV fundamentalmente pagan pensiones complementarias a las abonadas por la Seguridad social, siendo su finalidad contribuir a que, llegada la jubilación, la persona asociada se acerque lo máximo posible al último salario percibido en activo.

Es importante aportar bien mensualmente o anualmente para poder afrontar una jubilación tranquila y mantener el mismo nivel de vida una vez que hayamos dejado de trabajar.

Los derechos económicos que tengas en una EPSV te ayudarán a mantener tu calidad de vida y la de tu familia cuando te jubiles, así como beneficiarte fiscalmente cuando realizas aportaciones.

Se puede cobrar de una EPSV cuando acaezca alguna de las contingencias previstas en los Estatutos de la EPSV, que normalmente son la jubilación, incapacidad permanente, fallecimiento, enfermedad grave o el desempleo de larga duración. También existe la opción de Rescate a partir del 10º año a contar desde la realización de la primera aportación en una EPSV sin esperar a que acaezca ninguna de las contingencias antes indicadas.

Las cantidades abonadas por una EPSV se pueden cobrar, en forma de renta (pagos periódicos, por ejemplo, mensuales), capital (de una sola vez) o mixta (combinando las dos modalidades anteriores).

Con carácter general todas las cantidades percibidas de una EPSV tributan en el Impuesto sobre la Renta de las Personas físicas como rendimiento del trabajo y su integración depende de la forma en que se perciban.

Seguros de Ahorro PPA

Seguros de PPA de Berribide Correduría de Seguros

Los Planes de Previsión Asegurados (PPA) son seguros de vida-ahorro que facilitan acumular un ahorro para complementar la pensión en el momento de la jubilación, y cuya prestación se puede cobrar en forma de renta o de capital.

La principal diferencia con los planes de pensiones es que los PPA garantizan el 100% del capital más una rentabilidad garantizada. Y como también son seguros de vida, en caso de fallecimiento, los beneficiarios reciben el saldo acumulado más un capital adicional.

Los PPA, como producto de previsión privado enfocado al ahorro para la jubilación, contempla para su rescate las mismas contingencias que los planes de pensiones; Estas son: jubilación, incapacidad laboral, gran dependencia, fallecimiento, enfermedad grave, desempleo de larga duración y encontrarse en situación de desahucio. Además, desde el 1 de enero de 2015, podrán rescatarse aquellas aportaciones con una antigüedad mínima de 10 años (los primeros rescates podrán realizarse a partir de 1 de enero de 2025).

Las prestaciones, al igual que en los planes de pensiones, tienen la consideración de rentas del trabajo y como tal pasarán a integrarse en la base imponible.

Seguros de ahorro PIA

Seguros de PIA de Berribide Correduría de Seguros

Los PIAS son seguros individuales de ahorro a largo plazo, en los que, con aportaciones periódicas, preferiblemente mensuales, vamos creando un capital para poder disfrutarla en el futuro, en el momento de la jubilación o cuando necesitemos el importe ya que son productos líquidos y a diferencia de los planes de pensiones o EPSV, se pueden rescatar cuando nos haga falta.

Las cantidades que vamos aportando a los PIAS no se deducen del impuesto de la renta, pero tampoco debemos pagar impuestos por la parte que hemos ido aportando cuando nos jubilemos.

Además del hecho que tiene liquidez, la principal ventaja es la fiscalidad, ya que si cobramos el capital como renta vitalicia los rendimientos generados (lo que nos haya rentado el capital ahorrado) no deben pagar impuestos.

Si cumplimos tres condiciones el capital para constituir la renta vitalicia no paga impuestos:

  • La duración del PIAS debe ser como mínimo de 5 años o superior.
  • Debe ser la misma persona la que hace las aportaciones, la persona asegurada y el beneficiario del seguro.
  • Las cantidades aportadas no deben superar los 8.000 € al año y el total aportado durante la vida del PIAS tiene que ser inferior a 240.000 €.

Si se retira de una sola vez el plan de ahorro tipo PIAS, solo hay que pagar impuestos por la parte que hemos obtenido de beneficios, no por todo el capital.