Diferencias entre un seguro de vida y uno de deceso

Diferencias entre un seguro de deceso y un seguro de vida

Hoy os vamos a hablar sobre las diferencias existentes entre un seguro de deceso y un seguro de vida. Porque lamentablemente, aunque sea un tema tabú, la muerte es algo inevitable. Sin embargo, sí podemos evitar que nuestros familiares o personas queridas en estos difíciles momentos se vean obligados también a gestionar los trámites económicos y administrativos que traen estas complicadas situaciones.

Sabemos que el fallecimiento de un familiar o un ser querido nunca es algo fácil de gestionar. A nivel personal siempre es algo difícil de llevar, todos hemos estado en esa situación, y nunca suele ser algo fácil de asumir ni un tema agradable de tratar. 

Por ello, cuando tenemos que pasar por estos terribles momentos en nuestras vidas, lo último que queremos es tener que hacernos cargo de todos los trámites económicos y administrativos que traen los sepelios.

Así que, conocer el tipo de seguro que tenía la persona fallecida, y lo que este cubre, puede ser algo que nos facilite en gran medida toda la tramitación. A continuación te explicamos las diferencias entre los seguros de deceso y los de vida.

Los seguros de deceso

Un seguro de deceso o de defunción, se encarga de cubrir todos los gastos y gestiones que puedan surgir después del fallecimiento de una persona. Es importante hacer hincapié en estos dos términos, ya que este tipo de seguro, además de cubrir los gastos económicos de un deceso, se hace también cargo de todas las gestiones a realizar, que nunca son pocas. Esta facilidad es algo que muchos familiares agradecen a la hora de tener que enfrentarse a una pérdida, ya que estos ofertan hacerse cargo de estos trámites que listamos a continuación:

A nivel económico

  • El servicio de tanatorio
  • Féretro
  • Velatorio
  • Coche fúnebre
  • Sudario
  • Acondicionamiento del cadáver
  • Esquelas
  • Servicio religioso
  • Flores
  • Entierro o inhumación.

A nivel administrativo

  • Solicitud del certificado de defunción
  • Inscripción en el Registro Civil
  • Adjudicación de herencias
  • Solicitud de pensión de viudedad u orfandad
  • Partidas de defunción y de testamentos
  • Baja de la seguridad social
  • Fe de vida

Por lo que un seguro de defunción es mucho más que la cobertura de los costes que trae la defunción de una persona. La tranquilidad de que personas con conocimiento sobre estos temas vayan a hacerse cargo de todos estos trámites es una gran ayuda en esos difíciles momentos.

Los seguros de vida

No son conocidas por muchas personas las diferencias entre un seguro de deceso y un seguro de vida. Si bien es cierto que el Gobierno concede prestaciones en caso de orfandad, viudedad e incapacidad laboral, lo hace únicamente con un porcentaje en relación con el sueldo de la persona que fallece. Por lo que contratar un seguro de vida garantiza la protección de las personas que el asegurado tiene a su cargo (hijos, cónyuge, familiares dependientes…). Y en caso de fallecimiento del asegurado, sus beneficiarios o herederos acceden también a una indemnización.

En definitiva, este tipo de seguro, se encargaría de proporcionar una compensación económica a los beneficiarios de la póliza cuando la persona asegurada fallece. Además de esto, también suelen incluir indemnizaciones en vida, en caso de invalidez del asegurado.

Aunque muchas aseguradoras incluyen la posibilidad de poder añadir una cobertura complementaria que gestione los gastos del entierro, no es algo que suela incluirse por defecto en los seguros de vida.

Diferencias entre seguros de deceso y de vida: ¿Cuándo elegir cada uno?

Una vez vistas las diferencias entre estos dos tipos de seguro, nos podríamos preguntar cuándo sería mejor contratar cada uno. 

Como hemos comentado sobre los seguros de defunción, estos están pensados únicamente para cubrir los sepelios. Por lo que aunque podría pensarse que el público objetivo de este tipo de seguros son mayormente personas de edad avanzada o con algún tipo de enfermedad, no es así. Dado que siempre se recomienda contratar este tipo de seguros, como muy tarde, a partir de los 40 años. Tenemos que tener en cuenta que cuanto mayores somos, mayor será la prima a abonar ya que el riesgo que asume la compañía es más elevado.

Será imprescindible analizar el tipo de prima que más interesa abonar, de los tres tipos existentes:

  • Prima Nivelada. Va en aumento de forma constante.
  • Prima Natural. Aumenta conforme avanza la edad del asegurado.
  • Prima Mixta. La combinación de los dos tipos de prima anteriores.

Los seguros de vida, sin embargo, está pensado para proteger a nuestra familia y mantener nuestra tranquilidad financiera, por lo que es recomendable contratarlo si tenemos un préstamo hipotecario, hijos, algún negocio propio, gastos fijos importantes, deudas y/o créditos que recaerán directamente en nuestra familia en caso de que lleguemos a faltar.

Conclusión

Cómo hemos podido comprobar, estos seguros ofrecen diferentes coberturas. Por lo que podríamos decidir elegir uno u otro, o ambos en caso de ser necesario, ya que no son excluyentes entre sí.

Para ello, tendremos que analizar nuestra situación, condiciones y necesidades, y tomar una decisión en función de estas. En caso de tener cualquier duda al respecto, os aconsejamos que consultéis con vuestra correduría de seguros

Si no dispones de una correduría de seguros, no dudes en ponerte en contacto con nosotros en Berribide Correduría de Seguros para seguir informándote sobre los seguros más indicados para ti.

Esperamos que este artículo haya sido de tu ayuda,

Te esperamos en nuestro próximo artículo. ¡Hasta pronto!

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